¿Cuándo presentar un concurso de acreedores?

“Nunca nadie ha presentado un concurso demasiado pronto”. Esta frase es acertada por la propia naturaleza del empresario.

La Ley Concursal del 2003 intenta ser todo lo clara que puede:

“2. La solicitud de declaración de concurso presentada por el deudor deberá fundarse en que se encuentra en estado de insolvencia.

3. La insolvencia podrá ser actual o inminente. Se encuentra en estado de insolvencia actual el deudor que no puede cumplir regularmente sus obligaciones exigibles. Se encuentra en estado de insolvencia inminente el deudor que prevea que no podrá cumplir regular y puntualmente sus obligaciones.”

La realidad es que un empresario no sería tal cosa si no intentase salvar la empresa por todos los medios hasta agotar todas las posibilidades. Esa es la realidad del empresario.

¿A qué se arriesga un administrador que agota todas las posibilidades? A cometer errores legales y financieros que impidan un correcto funcionamiento del concurso de acreedores. Por ejemplo, a malvender activos de la empresa para mantenerla en funcionamiento. Esos errores pueden llevar al administrador a enfrentarse personalmente a todas las deudas de la empresa.

Un administrador debe asesorarse en términos de concursos de acreedores desde el mismo momento en el que empieza a tener dificultades económicas. Esto puede suponer un ahorro enorme en costes judiciales y, sobre todo, disminuye al mínimo las posibilidades de ser declarado culpable del concurso.

“Nunca nadie ha presentado un concurso demasiado pronto”